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Sixto Guillermo Chávez Avalos
Abogado con Estudios de Maestría en Derecho Civil Empresarial

SUMARIO: El Leasing. Marco Legal. Ventajas del Leasing. Estatutos, Representación y Contratación. La Representación Orgánica y su Funcionalidad. Notas Conclusivas.
El portal del Organismo Supervisor de Sistema Financiero Peruano , da cuenta de la celebración de operaciones de Leasing o Arrendamiento Financiero, por un total de S/. 8’072,931 Nuevos Soles, en el mes de Enero del presente año 2008. Esto representa un incremento de S/. 3’019,244.00 Nuevos Soles, en comparación con el mismo mes de enero del año pasado.
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Abog. Javier Ocampos Mogollón
Gerente Registral (e) de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo

¿Sabemos convivir en un Régimen de Propiedad Exclusiva y Común (antes Propiedad Horizontal)? En la coyuntura actual, la respuesta a dicha pregunta es de suma importancia. Por tal razón el presente artículo pretende explicar qué implicancias tiene este régimen especial de propiedad.

El derecho de propiedad

El derecho de propiedad es un “derecho” (poder jurídico), que te permite realizar una serie de acciones sobre los bienes como de disposición (venderlo, donarlo, etc), administración (arrendarlo), gravarlo (hipotecarlo, darlo en usufructo, etc.) y otros. Por ejemplo: Si soy propietario de un inmueble podré realizar todos los actos antes indicados sobre el mismo sin mayores limitaciones que las que me imponen el orden público y las buenas costumbres. Es decir, puedo ejercer una propiedad exclusiva.
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I.    INTRODUCCIÓN

La entrada en vigencia del Código Procesal Penal del 2004, ha traído consigo la imposición de una nueva idiosincrasia al momento de litigar y resolver los conflictos en materia penal, es notorio el cambio de cultura, pues luego de haberse infectado el CPP de 1940 de una practica auténticamente inquisitiva, hemos dado paso a un proceso de refundación del sistema acusatorio, instalando un modelo procesal garantista, que concibe al proceso penal constitucionalizado como la herramienta no solo instrumentalizadora del derecho penal sustantivo, sino además, como el fortín de los principios y garantías limitadores de toda arbitrariedad; resulta además necesario expresar, que los aportes del modelo adversarial le dan al proceso penal actual, la posibilidad de alcanzar los niveles de eficiencia que son necesarios para mitigar la insatisfacción ciudadana respecto a la justicia penal. Como es sabido a partir de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal del 2004, en el distrito judicial de la Libertad, hemos acogido un nuevo sistema procesal, el cual se caracteriza por su orientación acusatorio con tendencia adversarial ([1]). Nos inclinamos por señalar que el Código del 2004 no es del todo adversarial, sino que presenta rasgos adversariales, sobretodo en cuanto se refiere a la litigación oral y su practica estratégica, como también a ciertos procedimientos especiales que ofrecen una alternativa distinta a la solución de los conflictos..  En este sentido el proceso abarca tres etapas bien definidas. La primera: la investigación preparatoria –y sus dos sub etapas: investigación preliminar e investigación preparatoria propiamente dicha; la etapa intermedia y finalmente la etapa del juzgamiento. (más…)

Rubén Marcelo Stefani en su texto Daño y control ambiental: La Función de tutela ambiental del Derecho Privado establece que “en sentido amplio, es cualquier objeto de satisfacción, y el interés jurídico es un poder de actuar –reconocido por la ley- hacia el objeto de satisfacción (interés legítimo) que forma el sustrato del derecho subjetivo” y agrega que el daño ambiental “consistirá en una agresión directa al ambiente, provocando una lesión indirecta a las personas o cosas por una alteración del ambiente, o en lo que denominamos impacto ambiental, que consiste en la afectación mediata de la calidad de vida de quienes habitamos el planeta”. (más…)